La Ley N.º 21.634 modernizó la Ley N.º 19.886 de Compras Públicas y puso en marcha una transformación progresiva del sistema. Algunos cambios comenzaron inmediatamente después de su publicación en diciembre de 2023, mientras que otros se han venido implementando de forma progresiva.

      ¿Qué cambió con la nueva Ley de Compras Públicas? 

      La Ley N° 21.634 es la reforma más profunda que ha tenido el sistema de compras públicas chileno desde la creación de la Ley 19.886 en 2003. 

      Busca optimizar el uso de los recursos del Estado, reforzar la integridad y claridad de los procesos de contratación y fomentar la participación de empresas locales y de menor tamaño. 

      También incorpora nuevos mecanismos relacionados con innovación y economía circular. 

      Su entrada en vigencia se fijó por tramos: las normas de probidad rigieron de inmediato, el grueso de la ley comenzó a regir el 12 de diciembre de 2024, fecha desde la cual estar inscrito y en estado hábil en el Registro de Proveedores (ChileProveedores) pasó a ser un requisito para participar en negocios con el Estado, y las disposiciones sobre innovación y economía circular entraron en vigor a mediados de 2025. 

      Con eso, para 2026 el texto legal ya está completo. Lo que sigue ahora es la implementación: ChileCompra publica directivas e instrucciones para traducir la ley y su reglamento en reglas operativas concretas dentro de Mercado Público. 

      Las directivas y novedades de este 2026

      Nueva Directiva de pago oportuno (N° 23/2026)

      Este es, probablemente, el cambio con más impacto directo en el flujo de caja de una pyme. 

      En febrero de 2026, ChileCompra publicó la Directiva de Contratación Pública N° 23/2026, que reemplaza orientaciones que llevaban vigentes desde 2015 y 2019, y las actualiza conforme a la Ley 21.634 y al nuevo Reglamento de Compras Públicas. 

      Entre sus puntos más relevantes:

    • Refuerza la obligación legal de pagar dentro de 30 días corridos desde la recepción del documento tributario, con excepciones fundadas de hasta 60 días en casos de alta complejidad o trato directo.
    • Pide a los organismos contar con presupuesto disponible antes de adjudicar y designar un responsable de gestión de pagos.
    • Crea el Gestor de Reclamos por pago, un canal dentro de Mercado Público donde el proveedor puede reclamar si no le pagan a tiempo, y donde el organismo tiene un máximo de 5 días hábiles para responder.
    • Para que ese reclamo funcione, tú como proveedor también tienes tareas: aceptar la Orden de Compra a tiempo en el portal y registrar correctamente la entrega del bien o servicio.

      Nueva Directiva de Compras Coordinadas

      En febrero de 2026 también se actualizó la directiva que regula las Compras Coordinadas, el mecanismo mediante el cual varios organismos públicos agrupan su demanda para comprar juntos un mismo bien o servicio y conseguir mejores condiciones. 

      Para un proveedor, esto se traduce en licitaciones de mayor volumen: más exigentes en capacidad de despacho, pero también más rentables si tu empresa puede sostenerlas. 

      Directivas actualizadas para Compra Ágil y eficiencia del gasto

      A fines de 2025, con efectos que se sienten plenamente en 2026, ChileCompra renovó también las directivas de Compra Ágil y de eficiencia en el uso de recursos públicos, ajustándolas a los nuevos lineamientos legales. 

      En la práctica, esto empuja a los organismos a usar más Compra Ágil y Licitación Pública para montos que antes se resolvían por Trato Directo, lo que amplía la cantidad de oportunidades visibles para las pymes en Mercado Público. 

      Puedes revisar el detalle de cómo funcionan los procesos de licitación en esta guía sobre las etapas de una licitación pública en Chile.

      Avances tecnológicos: Plataforma Modular y alertas en línea

      En paralelo a las directivas, ChileCompra está en marcha blanca con una nueva Plataforma Modular de Compras Públicas, que reemplaza progresivamente los documentos adjuntos por formularios digitales y datos estructurados, y que convivirá con Mercado Público hasta completar la migración. 

      Para 2026, la institución también anunció alertas preventivas automáticas en línea: si el sistema detecta un vínculo de parentesco o societario que pueda generar un conflicto de interés.

      Qué significa todo esto si vendes o quieres empezar a venderle al Estado

      En conjunto, estos cambios apuntan en una dirección: fortalecer al proveedor formal y ordenado, y dejar más expuesto al que no cumple con lo básico. 

      Un checklist rápido para no quedar fuera de esta nueva etapa:

    • Verifica que tu empresa esté inscrita y hábil en el Registro de Proveedores; revísalo antes de cada postulación importante, no solo cuando te registraste por primera vez. Para profundizar en el procedimiento, puedes leer este artículo sobre cómo inscribirse en Chileproveedores.
    • Si un organismo no te paga dentro del plazo, usa el Gestor de Reclamos por pago de Mercado Público: es un derecho explícito que la Directiva N° 23/2026 te da, y usarlo no perjudica tu historial.
    • Presta atención a las Compras Coordinadas de tu rubro: son procesos más grandes que antes no existían en este formato.
    • Lee siempre completas las Bases de Licitación, especialmente la sección de garantías: la modernización no eliminó estas exigencias, y una oferta sin la garantía requerida queda descalificada aunque el precio sea el mejor. Si tienes dudas sobre este trámite, esta guía sobre cómo obtener una garantía para Mercado Público resuelve las preguntas más comunes.
    • Si nunca has participado en un proceso de licitación, entender primero el ecosistema completo ayuda: revisa este resumen sobre Chilecompra y todo lo que necesitas saber y esta guía sobre el proceso de adjudicarse una licitación en Chile.
    • ¿Qué ocurrió con las garantías técnicas?

      Con el nuevo Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Decreto N° 661), vigente también desde el 12 de diciembre de 2024, las reglas sobre garantías se ajustaron:

    • Garantía de Seriedad de la Oferta: antes se podía exigir en licitaciones de cualquier monto; ahora solo puede pedirse en licitaciones superiores a 5000 UTM, y de forma excepcional, cuando exista una razón de interés público que lo justifique. Su monto, además, no puede superar el 3% del monto de la licitación.
    • Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato: se mantiene como exigencia habitual en contrataciones sobre 1000 UTM, con un tope de hasta el 5% del valor neto del contrato. Bajo ese monto, solo puede pedirse de forma excepcional y con un riesgo justificado.
    • Cuando una licitación exige Garantía de Seriedad de la Oferta o de Fiel Cumplimiento de Contrato, hay una forma de resolverlo sin perder tiempo ni inmovilizar capital. 

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